viernes, marzo 16, 2007

Se aprueba la Ley de Igualdad..el PP se queda fuera de juego una vez más...

15 de marzo. El Parlamento aprueba la Ley de Igualdad y varias decenas de mujeres salen de sus escaños para fotografiarse en la escalinata de los leones de bronce. Hace un sol de justicia y se reparten claveles de color violeta. Los llevan las socialistas, las nacionalistas vascas, catalanas, las mujeres de Izquierda Unida... Todos los partidos apoyaron la ley, menos el PP, que se abstuvo. Así que 192 votos a favor y 119 abstenciones.
Algunas razones del PP....
Al PP le parece que hay avances en esta ley, pero que se queda corta. Se establecen 15 días de baja por paternidad y creen que deberían haber sido 30; opinan que las 16 semanas de maternidad tendrían que ser 20 para el segundo hijo y 24 para el tercero y siguientes; que se concedieran cheques para guarderías y se ampliara la ayuda de los 100 euros para las madres de hijos menores de tres años y defienden mejoras en los horarios para la conciliación de la vida familiar y personal. Pero lo que les ha molestado realmente es que se impongan cuotas para formar las listas electorales, donde las mujeres tendrán, por ley, una representación de un 40% como mínimo y nunca mayor del 60%. Eso, dijo la diputada popular Susana Camarero, obligará a algunos municipios del PP "a prescindir de mujeres". Se escucharon rumores.

Claves de la Ley de Igualdad
REDACCIÓN MADRID

Fuente: Mikel Casal / El Correo.


El Congreso de los Diputados da luz verde hoy a la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. Estas son algunas de las principales novedades:

Nueva estructura institucional:

- La Ley crea una nueva estructura institucional formada por la Comisión Interministerial de Igualdad entre hombres y mujeres, las Unidades de Igualdad, y un Consejo de Participación de la Mujer (Órgano colegiado de consulta y asesoramiento).
- Se refuerzan las medidas Conciliación de vida personal, familiar y laboral:
a) Derecho adaptar la duración y distribución de la jornada.
b) Derecho a reducir la jornada por cuidado de menores de 8 años o cuidado directo personas con discapacidad: Mín1/8 – Máx 1/2.
c) Ampliación excedencia por cuidado de familiares: 2 años.
d) Posibilidad disfrute fraccionado excedencia por cuidado de familiares.
e) Reducción tiempo mínimo excedencia voluntaria: 4 meses.
f) Ampliación del permiso de paternidad a 15 días. (Objetivo 1 mes).
g) Ampliación del permiso de maternidad a 2 semanas más por hijo discapacitado.
h) Ampliación de los permisos de maternidad en los supuestos hijos prematuros. No reducción del permiso de maternidad en caso fallecimiento hijo.
i) Posibilidad disfrute de la baja de maternidad por parte del padre si fallece la madre aunque no realizara trabajo retribuido.
j) Derecho acumulación lactancia en jornadas enteras.
k) Derecho suspensión del contrato laboral por riesgo durante la lactancia natural. (9 meses)
l) Mayor protección a situaciones de incapacidad temporal derivadas de embarazo, parto o lactancia.
ll) Derecho de disfrute de vacaciones fuera de los periodos de incapacidad temporal derivada de embarazo, parto o lactancia natural, o permiso de maternidad.
m) Permiso por enfermedad de familiares hasta 2º grado en caso de intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario.

Nuevas causas de nulidad despido:
- Permiso paternidad
- Suspensión por riesgo lactancia natural
- Incapacidad temporal derivada de embarazo y parto o lactancia
- Tras incorporación maternidad/paternidad (9 meses desde nacimiento).
- Ejercicio de sus derechos de conciliación por las víctimas de violencia de género

Igualdad y Seguridad Social:
- Se añade la posibilidad de suspender el contrato durante la lactancia por riesgo hasta los 9 meses. Esta suspensión, como la de riesgo durante el embarazo tiene una prestación del 100%.
- Se flexibilizan los periodos para recibir la prestación de maternidad y paternidad (180 días en los últimos 7 años).
- Las madres biológicas menores de 21 años no requieren periodo de cotización previo.
- El subsidio por parto se eleva a 42 días (100 % IPREM)
- Incorporación del permiso paternidad/maternidad en los casos de contrato para la formación.
- Equiparación de los trabajadores autónomos y por cuenta ajena en la duración y distribución del subsidio de maternidad y paternidad.

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